¿WTE
o relleno sanitario?
Un relleno sanitario moderno y correctamente operado tiene
riesgos diferentes a una planta WTE: genera lixiviados, requiere manejo de
biogás, ocupa territorio durante largos períodos y puede producir emisiones de
metano. Un botadero abierto o deficientemente controlado representa una
situación considerablemente peor.
La WTE puede reducir significativamente el volumen de
residuos que finalmente requiere disposición y, dependiendo de las condiciones
del sistema, puede disminuir la generación directa de metano asociada al
depósito de residuos orgánicos en rellenos.
Pero esta comparación debe realizarse mediante un análisis
de ciclo de vida, considerando transporte, composición de los residuos,
recuperación de materiales, energía obtenida, emisiones atmosféricas, cenizas,
residuos peligrosos y disposición final de los residuos derivados del propio
proceso.
No existe, por tanto, una respuesta universal de “WTE
buena” versus “relleno malo”. Hay que comparar sistemas concretos.
La valorización energética tampoco puede
convertirse en sustituto del reciclaje
Existe otro punto fundamental: valorizar
energéticamente no significa abandonar la economía circular.
La jerarquía internacional de gestión de
residuos coloca, en términos generales, la prevención primero; luego la
preparación para la reutilización y el reciclaje; después otras formas de
valorización, incluida la energética; y finalmente la eliminación.
Esto tiene una consecuencia directa para
La Araucanía.
Si la Región necesita una planta WTE,
esta debería recibir principalmente aquellos residuos que efectivamente no
pueden prevenirse, reutilizarse, reciclarse o valorizarse mediante alternativas
ambientalmente superiores.
Una política regional seria debería
establecer metas verificables de reducción, separación en origen, reciclaje,
compostaje y recuperación de materiales antes de determinar cuánto residuo
residual necesita tratamiento térmico.
El problema central para Lautaro es
también territorial
Aquí aparece una dimensión que muchas
veces queda relegada: ¿por qué la solución regional debe localizarse
precisamente en Lautaro?
Que una infraestructura sea necesaria
para resolver un problema regional no demuestra automáticamente que cualquier
localización sea igualmente adecuada.
Si una comuna recibe residuos
provenientes de otras comunas, recibe también tráfico, infraestructura, riesgos
tecnológicos, externalidades ambientales y transformaciones territoriales
asociadas.
Por eso, antes de adoptar una decisión
definitiva, debería existir una comparación transparente entre localizaciones
alternativas.
Esa comparación debería considerar,
entre otros factores:
·
población
potencialmente expuesta;
·
distancia
a centros poblados;
·
condiciones
meteorológicas y dispersión atmosférica;
·
fuentes
existentes de contaminación;
·
actividades
agrícolas y producción de alimentos;
·
transporte
y tránsito pesado;
·
presencia
de comunidades y población vulnerable;
·
impactos
sobre agua, suelo y biodiversidad;
·
infraestructura
sanitaria existente;
·
impactos
acumulativos;
·
capacidad
territorial para absorber nuevas cargas ambientales;
·
beneficios
económicos y sociales que recibiría cada territorio.
La equidad territorial debe
ser un criterio de localización, no una consideración posterior.
El expediente WTE Araucanía todavía está
abierto
Este no es un debate meramente teórico.
El proyecto fue calificado
ambientalmente desfavorable por la Comisión de Evaluación de La Araucanía en
marzo de 2022. Posteriormente, la Dirección Ejecutiva del Servicio de
Evaluación Ambiental rechazó la reclamación del titular mediante la Resolución
Exenta N.º 202499101507, de junio de 2024. WTE Araucanía recurrió
posteriormente ante el Tercer Tribunal Ambiental.
La causa R-18-2024, “WTE Araucanía
SpA con Servicio de Evaluación Ambiental”, ingresó el 25 de julio de 2024.
El Tercer Tribunal Ambiental realizó audiencia de alegatos en abril de 2025 y,
según el sistema oficial de causas consultado, al 12 de agosto de 2026 la
causa continúa en estado “En tramitación”.
Esto es relevante porque el propio
expediente judicial contiene antecedentes que permiten examinar aspectos
técnicos y administrativos de la controversia, en lugar de reducirla a una
disputa política entre partidarios y detractores.
urlConsultar expediente oficial
R-18-2024 del Tercer Tribunal Ambientalturn0search1


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