COMO PROTEGER UN HUMEDAL URBANO
La Ley N°21.202 de Humedales Urbanos tiene por objetivo asegurar la protección de los humedales que se encuentren total o parcialmente dentro del radio urbano, declarados por el Ministerio del Medio Ambiente (MMA) bajo la figura de “humedal urbano”, de oficio o a petición de los Municipios. Al decir «de oficio» queremos decir que lo hace sin previa solicitud, sino que por iniciativa propia. Dicha ley en su artículo 1° establece dos procedimientos para la declaración de humedales urbanos: (i) a petición de el/los municipios/s respectivo/s y (ii) de oficio por el Ministerio del Medio Ambiente.
De esta forma, lo primero que debes tener
claro es que tu objetivo será impulsar al Municipio a que haga esta solicitud
al MMA, o bien, a este último para que haga la declaración de oficio, y que no
existe un procedimiento formal para que sean los ciudadanos quienes soliciten
esta protección.
Por eso, si consideras que un humedal amerita
esta protección, te recomendamos seguir los siguientes pasos, según prefieras
acudir a la Municipalidad o al Ministerio del Medio Ambiente.
La declaración de un Humedal Urbano por parte del MMA puede ser de dos
formas: de oficio, es decir, por iniciativa propia a partir de la determinación
de un listado de humedales que considera relevantes para su conservación; o a
partir de la solicitud de una Municipalidad.
Acorde a lo establecido en el artículo 13 del reglamento de la Ley de
humedales urbanos, el Ministerio del Medio Ambiente iniciará el procedimiento
de declaración de oficio de uno o más humedales urbanos, mediante una
resolución que identifique dichos humedales, otorgando un plazo de 15 días,
contado desde su publicación en el Diario Oficial, para que cualquier persona
aporte antecedentes adicionales sobre el o los humedales urbanos que se
pretende declarar.
En este marco se pone a disposición de los/las interesadas en la
página https://humedaleschile.mma.gob.cl/procesos-de-oficio/ la
información cartográfica de los humedales a declarar de oficio, según su
respectivo proceso de declaración.
Si el humedal que quieres proteger está en esta lista y quieres aportar
antecedentes debes:
- Ingresar
a la página https://humedaleschile.mma.gob.cl/procesos-de-oficio/ para
ver si existe un proceso de declaración en curso y los plazos para aportar
antecedentes.
- Los
antecedentes deberán entregarse por escrito en las oficinas de partes del
Ministerio del Medio Ambiente o en la Seremi respectiva. Asimismo, podrán
entregarse en formato digital en la casilla electrónica que habilite el
Ministerio para estos efectos.
- El
procedimiento de declaración no podrá exceder el plazo de 6 meses contados
desde la resolución exenta que identifica los humedales y otorga el plazo
para aportar antecedentes adicionales.
- La
resolución que reconozca de oficio la calidad de humedal urbano puede
reclamarse ante el Tribunal Ambiental correspondiente.
El inicio de un proceso de declaración de oficio de humedales urbanos.
El inicio de un proceso de declaración de oficio de humedales urbanos es una facultad del Ministerio del Medio Ambiente. A la fecha se ha realizado un proceso de declaración de oficio, el cual ya se encuentra cerrado.
En caso de que desees proponer un humedal urbano y
hayas acudido a tu Municipalidad, puedes solicitarlo al MMA siguiendo los
mismos pasos:
- Solicita
mediante una carta dirigida al ministro del Medio Ambiente para que
realice los trámites y procedimientos necesarios para declarar el humedal
como Zona Protegida según la Ley 21.202.
- Pedir
mediante Ley de Lobby una reunión con la autoridad ministerial para
solicitar que se realicen los trámites y procedimientos necesarios para
declarar el humedal como Zona Protegida según la Ley 21.202 considerando
los antecedentes que hayan reunido sobre el humedal.
Cabe destacar que, como la declaración de oficio es una facultad del MMA
y no una obligación, no existe certeza cuanto demore este procedimiento ni si
tendrá respuesta o no por lo que recomendamos primero agotar la vía municipal y
siempre estar atento a los procesos que se abran en la página del MMA.
Ante la Municipalidad
Primero, reúne información suficiente sobre el humedal cuya protección quieres
solicitar: ¿Cuáles son sus características, dimensiones, servicios
ecosistémicos? ¿Por qué es un humedal valioso? ¿Por qué aporta a la comunidad?
¿Qué medidas de cuidado son necesarias para su adecuada conservación?
Muchas veces estas las respuestas nos parecen obvias, pero considera
responderlas con el mayor detalle que puedas, pues a veces no lo son y nuestra
misión es convencer a la autoridad de la necesidad de la declaración.
En esta etapa te recomendamos organizarte con tus vecinos, comunidad e
instituciones comunitarias, como universidades y centros de estudios, y todo
quien aportar conocimientos ancestrales, experiencias y conocimientos técnicos
o estudios puntuales sobre el humedal y de la necesidad de su cuidado y
conservación.
Una vez reunidos esos antecedentes, te sugerimos que hagas lo siguiente:
- Solicita
mediante una carta dirigida al alcalde de tu comuna, que el municipio
realice los trámites y procedimientos necesarios para declarar el humedal
como Zona Protegida según la Ley 21.202. Esta puede entregarse tanto en la
Oficina de Partes como en el Departamento de Medio Ambiente Municipal.
- Pedir
mediante Ley de Lobby una reunión con la autoridad municipal para explicar
los antecedentes entregados y reforzar la solicitud para que se realicen
los trámites y procedimientos necesarios para declarar el humedal como
Zona Protegida según la Ley 21.202.
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